miércoles, 31 de julio de 2013

MASISA CONTAMINA Y LA JUSTICIA SEGUIRÁ MIRANDO PARA OTRO LADO

La demanda se basó en los efluentes líquidos, ruidos y polvillo Indignante: la Justicia rechazó una demanda contra Masisa por contaminación
El Juzgado Civil y Comercial Nº 5 de Concordia no dio lugar una demanda contra la empresa Masisa entablada por dos familias que viven en el barrio Las Tejas. Para la Justicia: “Las mejoras efectuadas demuestran que la situación que se registraba con anterioridad era sustancialmente distinta”. No obstante, los querellantes apelaron por considerar que la fábrica producía contaminación del aire, ruidos, vibraciones y otras infracciones a la Ley Provincial N°6260. El Juzgado Civil y Comercial Nº 5 de Concordia no dio lugar una demanda contra la empresa Masisa entablada por dos familias que viven en el barrio Las Tejas. Para la Justicia: “Las mejoras efectuadas demuestran que la situación que se registraba con anterioridad era sustancialmente distinta”. No obstante, los querellantes apelaron por considerar que la fábrica producía contaminación del aire, ruidos, vibraciones y otras infracciones a la Ley Provincial N°6260. La demanda establece que a partir de la radicación de la empresa comenzaron los padecimientos a consecuencias de los químicos que utiliza la fábrica, así como las vibraciones superiores a los parámetros de tolerancia, y los olores irritantes.
Además, la firma desde 1996 contamina las aguas del Arroyo Yuquerí, deteriorando paulatinamente la calidad de vida de quienes habitaban el barrio Las Tejas, poniendo en riesgo su salud y la integridad de su patrimonio.
Sin embargo, la Justicia consideró que los niveles de contaminación detectados son levemente superiores a los permitidos, y que la presencia de monóxido de carbono, óxido de nitrógeno y anhídrido sulfúrico se ubica bastante por debajo de los parámetros legales.
Tampoco advirtió olores nauseabundos, sino sólo los correspondientes a pino y madera característicos del proceso productivo, informó Diario Noticias.
”Las mejoras efectuadas demuestran que la situación que se registraba con anterioridad era sustancialmente distinta”, culminó el fallo.

Tomado de análisis de Concordia ar 

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