jueves, 4 de enero de 2018

LA RÉPLICA NO IMPLICA PODER ACCEDER AL MATERIAL DE INVESTIGACIÓN DE UN PERIODISTA

La Corte fijó cinco sub-reglas para aplicar cuando se enfrentan los derechos de una persona y la protección a la independencia de la prensa.
Periodista leyes: La réplica no implica poder acceder al material de investigación de un periodista Colprensa/Archivo
CARACOL RADIO Al revisar la petición que la cirujana Lizbeth del Rosario Vicent Pacheco le hizo al programa ‘Cuatro Caminos’ del Canal RCN para que le pasaran todo el material de una investigación que adelantó alrededor de la presunta responsabilidad que tiene en la muerte de Diana Marcela Álvarez -quien fue su paciente-, la Corte estableció cinco parámetros a tener en cuenta cuando se enfrentan los derechos de los ciudadanos y la independencia de la prensa, en especial el derecho a la reserva de las fuentes.
1. El derecho a la reserva de las fuentes aplica también para las fuentes documentales.
2. El acceso al material periodístico debe estar absolutamente justificado en la garantía de otro derecho fundamental y para ellos se debe hacer una evaluación exhaustiva.
3. El derecho a la réplica no implican el acceso potencial afectado al material periodístico.
4. A mayor esfuerzo del periodista por contrastar sus fuentes y procurar la versión del afectado, menor posibilidad de restringir la reserva de su material periodístico.
5. Toda forma de control externo sobre el material periodístico, antes de la publicación del respectivo reportaje, constituye censura previa.
Como una novedad, se encuentra la tercera, que deja claro que el derecho a la réplica no implica el acceso a la investigación, y se da porque la pretensión de la cirujana, como dijo la Corte, “no cuenta con un precedente claro”.
‘Cuatro Caminos’ buscó a la cirujana con ánimo de que le diera la versión que tenía sobre la muerte de su paciente, y que denunció su esposo, Darío Chavarro, pero dijo que no conocía la denuncia y que así no podría responder. Por ello se le brindó alguna información, pero en su opinión no era suficiente.
La cirujana interpuso entonces una tutela pidiendo como medida cautelar que no se publicara la historia hasta que ella conociera todo el material periodístico, en aras de proteger su derecho a la honra y el buen nombre.
El programa se emitió mucho antes del pronunciamiento de la Corte, pero el alto tribunal no dejó de opinar sobre el caso.

De hecho, señaló que podría ser un caso de censura previa y que tal intervención podría afectar la independencia del trabajo periodístico, “Con el agravante, además, de que el contenido toca un tema de salud pública, de alto interés para la ciudadanía (posibles casos de negligencia médica en procedimientos de cirugía plástica en la ciudad de Medellín)”. TOMADO DE ENVIO DE PERIODISMO EN LAS AMERICAS 

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